Casación No. 289-2014

Sentencia del 15/06/2015

“... Al realizar el análisis de los argumentos de la casacionista, se establece que éstos se dirigen a cuestionar aspectos de estimativa probatoria, al considerar que la prueba debió haber sido valorada conforme el sistema de la sana crítica, cuando el caso de procedencia que se invoca prescinde por completo de toda argumentación relativa a aspectos de valoración, resultando jurídicamente insostenible analizar a través del yerro denunciado, situaciones relacionadas a la valoración, los cuales pueden ser objeto de estudio, a través de otro submotivo de diferente naturaleza...”